La sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional ha anulado el canon digital. Esta sala entiende que la orden ministerial que regula esta tasa es un reglamento y, por tanto, su aprobación requeriría determinados trámites y un dictamen del Consejo de Estado, que no se han hecho. El fallo de la Audiencia va en consonancia con lo establecido por el Tribunal de Justicia de la UE el pasado octubre que declaró ilegal cualquier tipo de tasa impuesta de forma indiscriminada. Ahora queda por ver qué sucederá con lo recaudado hasta la fecha.
Desde julio de 2008, el canon regulaba los soportes digitales sujetos al pago de una tasa por copia privada y las cuantías en cada caso.
El canon pretendía así compensar a los autores por los ingresos que dejaban de percibir cuando se hacían copias privadas de su obra. Por ello, se gravaban los soportes susceptibles de almacenar cualquier tipo de creación.
En octubre del año pasado, el Tribunal de Justicia de la UE declaró que el canon español era ilegal en cuanto que se imponía de forma indiscriminada a todos los equipos y materiales de reproducción.
Ahora, la Audiencia Nacional ha ratificado esta decisión con una sentencia que anula la vigencia del canon digital.
En concreto, la sala de lo Contencioso Administrativo sostiene que "la orden ministerial que lo regula es un reglamento, por lo que su aprobación requeriría determinados trámites relativos a memorias justificativas y económicas, y un dictamen del Consejo de Estado, que no se hizo". Así, la Audiencia considera que la norma "está afectada de vicio radical".
Pese a todo, ahora se puede interponer recurso de casación contra la sentencia ante el Tribunal Supremo.
"Las cosas se han hecho fatal"
El abogado que trasladó a Europa el caso del canon digital, Josep Jover, se ha felicitado por el fallo de la Audiencia aunque ha señalado que "no podía hacer otra cosa que acatar la sentencia que ya había tomado el Tribunal de la UE".
"La Audiencia declara la nulidad radical de este reglamento pero la decisión es más importante porque identifica las malas formas que han seguido las sociedades de gestión", ha comentado. La decisión "ha dicho que administrativamente las cosas se han hecho fatal", según Jover.
Así, ha vaticinado que "puede haber otro reglamento que hable sobre el canon pero no será como ellos preveían. Sólo estarán obligados a pagar aquellos particulares que usen los productos para copia privada, es decir, deberán demostrar caso por caso si los dispositivos se han comprado realmente para hacer copias privadas".
¿Recuperar lo recaudado?
Por otra parte, la sala de la Audiencia ha rechazado la pretensión de que se devuelva lo recaudado por el canon por falta de competencia.
Sin embargo, queda abierta la posibilidad de recuperar lo pagado a modo individual. Según el abogado Josep Jover, "cada caso se deberá resolver en cada juzgado. Cada persona deberá presentar una demanda individual".
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jueves, marzo 24, 2011
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La Audiencia Nacional anula el canon digital (Por fin buenas noticias)
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